El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía ha inadmitido el recurso presentado por la Asociación de Propietarios contra el procedimiento de implantación de la Zona ORA de Matalascañas y ha acordado imponer a dicha entidad una multa de 1.500 euros al apreciar temeridad en su actuación.

La resolución, a la que ha tenido acceso este medio, analiza un recurso de 14 páginas en el que la Asociación de Propietarios cuestionaba la legalidad del procedimiento seguido para la puesta en marcha del sistema de estacionamiento regulado en la localidad costera de Almonte.

Tras examinar los argumentos presentados, el Tribunal concluye que el recurso no puede prosperar y considera que las cuestiones planteadas ya habían sido abordadas en resoluciones anteriores, sin que se aportaran elementos novedosos que justificaran una revisión de los criterios ya establecidos.

Uno de los aspectos más destacados del fallo es la apreciación de temeridad por parte del órgano autonómico. Según recoge la resolución, la Asociación de Propietarios conocía la existencia de pronunciamientos previos sobre cuestiones sustancialmente coincidentes y, pese a ello, volvió a plantear argumentos ya resueltos.

Por este motivo, el Tribunal acuerda imponer una multa de 1.500 euros, la cuantía máxima prevista para este supuesto, al entender que concurría una temeridad manifiesta suficiente para justificar la adopción de una medida sancionadora.

La resolución supone un nuevo respaldo jurídico al procedimiento seguido para la implantación de la Zona ORA en Matalascañas, una medida que ha generado un intenso debate público durante los últimos meses.

La imposición de una sanción económica por temeridad constituye uno de los elementos más llamativos de la resolución, al tratarse de una medida poco habitual que el Tribunal reserva para aquellos casos en los que aprecia una utilización improcedente del recurso especial en materia de contratación.